Iniciativas de acceso a la naturaleza en la Constituyente: ¿Cuáles son y de qué tratan?

Cordón de Caulle, Región de los Ríos. Foto Pablo Lloncón


Dentro de la avalancha de demandas ciudadanas que buscan instalarse en la Convención Constitucional, hay un tema que nos toca directamente: que el Estado garantice el acceso a la naturaleza y a las montañas. Actualmente hay cinco iniciativas (una norma directa y cuatro iniciativas populares) que buscan garantizar el acceso y ser discutidas en la Convención. Fundación Plantae nos cuenta de qué se tratan y cómo apoyarlas. 
Por Mariana Campos y Camilo Hornauer / Fundación Plantae
Siendo que el 64% del territorio chileno -según la definición de la FAO- es considerado montaña, hasta el día de hoy no existen normas constitucionales ni leyes que garanticen el acceso o tránsito a estas zonas ni a la naturaleza en general. El acceso se reduce a áreas protegidas del Estado o privadas, y cada una mantiene su propio protocolo de ingreso y uso.
Tal como lo evidencia el catastro hecho por Fundación Plantae, son muchos los casos de restricciones de acceso o condiciones muy limitantes, y otro gran número de prohibiciones para poder acceder a ciertas montañas y rincones naturales de nuestro territorio. Al mismo tiempo nos encontramos con una creciente demanda por estar y disfrutar de la naturaleza, que por otro lado no siempre mantiene una conducta de respeto y buen comportamiento hacia ella o hacia las demás personas que visitan, habitan o son propietarias de esos territorios.
Siendo que Chile tiene la posibilidad de desarrollarse como referente mundial en turismo de montaña, tal como persigue la iniciativa de Corfo “Santiago, capital mundial del turismo de montaña”, son pocos los lugares realmente abiertos al uso público, por lo que resulta bastante complicado avanzar en ese camino.
Por otro lado, contamos con que actualmente se discute en el congreso el Proyecto de ley de acceso a la montaña, que presentó el diputado Sebastián Torrealba en enero de 2019 y que, de aprobarse, podría transformarse en un primer eslabón para dar un marco legal al derecho y a la necesidad de acceder a la montaña.

Picos del Barroso desde la cumbre del Volcán Maipo. Foto Sergio Infante


Es importante mencionar que hay países donde el tema del acceso a la montaña y a la naturaleza sí está consagrado como derecho constitucional. Es así como en Inglaterra existe el derecho a deambular o “right to roam”  y en Suecia y otros países escandinavos el Allemansratten (derecho de todos). Estos derechos definen claramente qué cosas se pueden o no hacer, ambos se aplican en propiedad pública y privada, y dan garantías sobre el respeto y restricciones que a todas luces parecen sensatas. A modo de resumen, consisten en poder transitar y pernoctar breve y temporalmente en terrenos abiertos de propiedad privada, con fines de recreación y deporte. Asimismo, exige al usuario el respeto y cuidado hacia el medio ambiente, a la vida animal, así como a los propietarios, sus construcciones, casas y cultivos y a otras personas.
En este contexto, y con el afán de ocuparse de este tipo de problemáticas, hasta el momento se han ingresado 5 propuestas de normas a la convención constitucional.
Se trata de una norma directa, y cuatro normas de iniciativa popular. La primera, fue ingresada directamente a la Comisión de Medio Ambiente por el constituyente Nicolás Núñez y, las otras cuatro, fueron ingresadas por personas u organizaciones y deben contar con 15 mil apoyos de aquí al 1 de febrero para poder ser discutidas en la comisión en la que entraron.

ZOOM A CADA NORMA

Si bien las cinco iniciativas apuntan a garantizar el acceso de los ciudadanos a la naturaleza, hay algunos puntos que las diferencian. Veamos en detalle cada una de ellas.
La norma directa

  • DERECHO DE ACCESO A LA MONTAÑA Y USO DE SENDEROS ANCESTRALES

Fue ingresada a fines de diciembre por el constituyente del Distrito 16 (Región de O`Higgins) Nicolás Núñez y está apoyada por la firma de 12 constituyentes más. Al ser una norma directa, entró para ser discutida en la Comisión de Medio Ambiente.
¿Qué dice esta norma?
“Es obligación del Estado garantizar el derecho de acceso a la montaña, así como el derecho de uso de senderos ancestrales, promoviendo y asegurando la conservación, protección y restauración de ecosistemas, infraestructura asociada, sitios y recorridos de tránsito y uso ancestral e histórico, así como la educación en torno a ella, experienciación y la coordinación con actividades deportivas, culturales, patrimoniales y recreativas. En caso de impedimentos o colisión de derechos, el Estado velará prioritariamente por la protección de la biodiversidad y los ecosistemas de montaña, y por el ejercicio del derecho de uso con autocuidado y responsable con el entorno. En caso de actividades de desarrollo económico, estas tendrán que ser ecológicamente sustentables, resguardando el patrimonio natural, las funciones ecosistémicas y la cultura de las comunidades pertenecientes al territorio”
En el texto presentado por el constituyente, y en cuyos contenidos colaboraron organizaciones como Fundación Plantae, se busca: “que sea obligación del Estado garantizar el derecho de acceso a la montaña y el uso de senderos ancestrales, y velará prioritariamente por la protección de la biodiversidad y los ecosistemas de montaña, resguardando el patrimonio natural, las funciones ecosistémicas y la cultura de las comunidades pertenecientes al territorio”.
LAS NORMAS DE INICIATIVA POPULAR
Estas cuatro normas necesitan el apoyo de 15 mil personas para poder ser ingresadas a discusión en su comisiones, por ende tú puedes apoyarlas a través del portal de la Convención Constituyente, hasta el día 1 de febrero.

  • DERECHO AL ACCESO A LA NATURALEZA (Iniciativa Nº 17.890)

Enmarcada en el tema del derecho al deporte, la actividad física y la recreación, esta norma presentada por la organización Acceso Panam define que el problema a solucionar tiene que ver con nuestra naturaleza humana de ser exploradores: “Desde que el ser humano habita el planeta es que explora y recorre su geografía. En palabras de Stephen Hawking ‘exploramos porque somos humanos'», poniendo énfasis en que la curiosidad y la exploración de nuestro entorno son parte intrínseca de lo que somos.
«Cada vez es más frecuente encontrarse con estudios médicos que demuestran que el contacto con la naturaleza beneficia la salud humana. Sin embargo, nuestras sociedades han evolucionado hacia la separación de lo ‘humano’ y lo ‘natural’ lo que ha impactado directamente en el tipo de contacto y acceso que tenemos con la naturaleza, transformándola en una actividad de consumo turístico».
«Escaladores, montañistas y en general, todo aquel que practica actividades deportivas al aire libre, ha visto como, con el tiempo, el acceso a las playas, ríos, lagos y en mayor medida nuestras montañas se han ido restringiendo».
«Nuestra rica geografía, privilegiada para el desarrollo de un sin número de actividades deportivas al aire libre, ha sido privatizada, creando una barrera para muchos infranqueable a la hora de buscar o desarrollar un estilo de vida ligado al contacto con la naturaleza».
«Nuestras montañas, ríos y playas, infraestructura deportiva natural por excelencia, está hoy disponible solo para quienes pueden costear viajes a parque nacionales y tickets de ingresos, generando una inequidad en el acceso a la naturaleza en nuestra sociedad».
Para mejorar esta accesibilidad: “Visualizamos un país que acerque las montañas a su población, poniendo en valor sus ecosistemas, sus paisajes y sus comunidades. No solo porque son una bonita postal para extranjero o el visitante, sino que porque somos parte de ese territorio y, a través de él, nos conectamos con el resto del continente”, afirman.

Valle del museo, Rio Colorado, RM. Foto Matt Maynard


La propuesta de articulado que hacen para su iniciativa queda así: “Será obligación del Estado, a través de sus diferentes poderes e instituciones, garantizar el acceso a la naturaleza por parte de la población para la practica de actividades deportivas que no pongan en riesgo la protección ambiental de los espacios donde estas se desarrollen».
«Para dar cumplimiento a esta norma se considerará como ‘naturaleza’ toda playa, río, lago y montaña de nuestro territorio nacional».
«El acceso que establece esta norma no permite la apropiación de los lugares de destino, asumiendo la temporalidad de la visita en la práctica deportiva”.
Puedes revisar la norma completa aquí:
https://plataforma.chileconvencion.cl/m/iniciativa_popular/detalle?id=17890

  • ACCESO UNIVERSAL A LAS MONTAÑAS Iniciativa Nº 7802

Presentada por el deportista de montaña, activista y realizador audiovisual (y ex editor de montaña de Escalando), Sergio Infante, quien está desarrollando “El país de las montañas prohibidas”, documental sobre la temática del acceso a cerros y montañas en Chile, esta norma ha conseguido más de dos mil apoyos.
El problema a solucionar que plantea el montañista se basa en su experiencia deportiva y en las restricciones que ha tenido para acceder a las montañas: “Un reciente catastro realizado por bienes nacionales reveló que el 63,8% del territorio continental de Chile corresponde a superficie de montaña. De ese total, el 70% se encuentra en propiedad fiscal, lo que equivale a 29 millones de hectáreas, de las cuales el 12% no cuenta con ningún tipo de acceso público». También hace hincapié en lo necesaria que resulta la educación para visitar la naturaleza: “Parece relevante que un país que aspire al desarrollo garantice el acceso de su ciudadanía a la naturaleza. Y al hablar de acceso no nos referimos tan solo al acceso físico o tangible, sino que al acceso a la educación, para que desde las aulas se enseñe a valorar y respetar a la naturaleza, lo que permita construir un Chile que deje atrás su mirada anacrónica y extractivista de la naturaleza y garantice su democratización y conservación”.
¿Cómo propone articular la norma?
Chile es un país que se ha forjado entre las montañas y la Cordillera de los Andes es parte del acervo cultural del país, establece.
– La nueva constitución debe definir el concepto de montaña.
– Una vez definido lo que es una montaña, estas deben ser consideradas como un bien común de uso público.
– El estado debe garantizar un paso de servidumbre a todas las montañas ubicadas dentro de predios fiscales.
– Los privados, y al igual que para riveras de ríos y lagos, deben disponer de un paso de servidumbre a las montañas ubicadas dentro de sus predios.
– El estado de Chile debe propiciar la creación de reservas y parques de montaña en predios fiscales.
– Todo ciudadano tiene el derecho a deambular por las montañas de Chile. Ya sea con fines deportivos o turísticos, tan solo para contemplarlas o para dormir a sus pies.
– El estado de Chile debe promover el cuidado de las montañas y a su vez crear planes que permitan establecer las responsabilidades que como ciudadano se debe tener a la hora de visitar territorios de montaña.
La situación ideal que plantea Sergio es que “en el nuevo Chile el acceso a las montañas y la naturaleza debería estar garantizado constitucionalmente, e idealmente ser consideradas como bien común de uso público. Además, desde la educación se debe generar un vínculo entre los individuos y su geografía para así generar identidad y acervo, de esa manera las próximas generaciones no normalizarán un portón a decenas de kilómetros de una cumbre, o la intrusión de mineras o hidroeléctricas en territorios donde el daño que causan es mayor el beneficio que trae la conservación”.
¿Quieres revisar la norma completa?
Mira en el siguiente link:
https://iniciativas.chileconvencion.cl/m/iniciativa_popular/o/7802

  • EL LIBRE ACCESO A LA NATURALEZA  (Iniciativa Nº 21.402)

Esta iniciativa, presentada por el ingeniero Rubén Jarpa, pide que la nueva constitución chilena otorgue “Acceso libre a la naturaleza en cualquier parte del territorio nacional”. Su propuesta de articulado es clara:  “El derecho de acceso a la naturaleza es de carácter universal en el todo el territorio nacional chileno, se debe permitir el libre transito y estadía de norte a sur y de mar a cordillera, siempre y cuando se respeten los limites establecidos por ley tanto para proteger la privacidad de los residentes permanentes como también la conservaciones de espacios naturales sin afectar la dinámica del ecosistema establecido.
«Se prohíbe toda actividad ilegal, la caza o la pesca u otra que pongan en riesgo el ecosistema del lugar».
«Se encontraran excluido recintos de carácter militar u otros que impliquen un peligro para la seguridad del visitante o de la seguridad nacional».
¿Quieres revisar la norma completa?
Mira en el siguiente link:
https://iniciativas.chileconvencion.cl/m/iniciativa_popular/o/21402

  • EL DERECHO A LIBRE TRÁNSITO PARA FINES RECREATIVOS Y EDUCACIONALES. (RIGHT TO ROAMIniciativa Nº 35.722

En palabras simples: “derecho a andar” es lo que pide Cristian Metzger C. en la iniciativa que ingresó para ser discutida en la Convención. Ve en el acceso a la naturaleza el mayor obstáculo para estar en contacto con ella y plantea así el problema a solucionar: “Chile es un país muy bello y variado en términos de paisajes naturales. Sin embargo, es un país de rejas, vayas, cercos y barreras, donde hay un sinfín de caminos y senderos privados que limitan la exploración del medioambiente y la naturaleza. Esto lleva a tener hermosos bosques, playas y montañas que no son parte de parques nacionales que permanecen inaccesibles al público. Muchas veces incluso se privatiza la belleza como sucede con las Palmas de Ocoa».
Su propuesta de articulado pretende asegurar, entonces, el acceso a la naturaleza: “se garantizan los derechos públicos legales de acceso a la tierra con fines recreativos y de otro tipo, estableciendo disposiciones en virtud de las cuales los organismos que representan a las comunidades rurales y campesinas pueden comprar la tierra con la que esas comunidades tienen una conexión; y para fines relacionados».
¿Quieres revisar la norma completa?
Mira en el siguiente link:
https://iniciativas.chileconvencion.cl/m/iniciativa_popular/o/35722
 
Existe, también, una sexta norma que, si bien es más general pues se enfoca en la protección de la naturaleza, incluye indicaciones sobre el uso y acceso a ella.

  • CUSTODIA PÚBLICA DE LA NATURALEZA Iniciativa Nº 46.194.

La preparación de este articulado fue liderada por los profesores Dominique Hervé (UDP), Verónica Delgado (U. de Concepción) y otros académicos.  Se trata de una norma más amplia que aborda diferentes temáticas relativas a la protección del medio ambiente, entre ellas de acceso a los bienes públicos naturales.
¿Qué dice la norma?
Respecto al uso y acceso de los bienes públicos naturales, señala que: “los bienes públicos naturales, son propiedad común de todas las personas, incluidas las generaciones futuras. El Estado, como custodio de estos, en adición a las obligaciones establecidas en el inciso anterior, deberá conservarlos y mantenerlos para el beneficio común de las generaciones presentes y futuras, evitando la pérdida de sus valores naturales y culturales, y garantizando la equidad en su uso. A su vez velará por el acceso público responsable a estos bienes».
A la hora de definir qué son los bienes públicos naturales, en uno de sus puntos, la norma señala que dentro de esta categoría a «las zonas de montaña, la áreas protegidas y los ecosistemas terrestres de titularidad estatal”.
«Todo título administrativo que permita el uso privativo de los bienes naturales públicos, será otorgado conforme a la ley, por el Estado y sus organismos, en su calidad de custodios, de manera temporal, sujeto a causales de caducidad y revocación, con obligaciones específicas de conservación, estableciendo limitaciones, restricciones y tarifas, siempre que ellas estén justificadas en el interés público y el beneficio colectivo. Estos títulos no generan derechos de propiedad privada».
¿Quieres revisar la norma completa?
Mira en el siguiente link:
https://iniciativas.chileconvencion.cl/m/iniciativa_popular/o/46194

CONCLUSIÓN DE PLANTAE

Sin duda el problema del acceso, o más bien del acceso restringido y prohibido a la naturaleza y a la montaña, es un tema que importa a muchísimos chilenos y chilenas. Que haya 5 iniciativas ingresadas en la Convención claramente da luces de ello.
Es por eso que es tan necesario que este proceso de construcción de una nueva carta magna, incorpore y consagre avances reales en cuando al acceso responsable a la naturaleza así como a otros bienes públicos naturales, reconociendo así la relación e importancia del bienestar y el beneficio social que implica vivir más cerca y más conectados con la naturaleza. Dicha discusion deberá, a nuestro juicio, preocuparse y no desconocer la importancia de apuntar a generar una cultura de naturaleza basada en el respeto y que dé garantías a la propia naturaleza, a propietarios y a toda la comunidad de usuarios, de una armónica relación a largo plazo, y en todo caso debe considerar a la educación como eje transversal.
Vivimos en un país privilegiado, con montañas, desierto, bosque, ríos, lagos y mar. No podemos ignorar esta realidad, ni que tenemos el deber de cuidar y conservar todos estos entornos naturales que nos sostienen, pero también es necesario contar con el derecho de poder entrar y disfrutar en ellos.
¿CÓMO PUEDES APOYAR LA NORMAS DE INICIATIVA POPULAR?
 En primer lugar, debes tener claro que solo puedes apoyar un máximo de 7 iniciativas. Luego de eso, el sistema automáticamente te bloquea.
Estos son los pasos a seguir:

  • Ingresa a www.chileconvencion.cl y busca las “Iniciativas Populares de Norma”
  • En el buscador, puedes rastrearlas por número o palabra clave
  • Haz click en “ver iniciativa”
  • Haz click en “apoyar”, ingresa tu clave única y sigue los pasos que te muestra la plataforma.

En el caso de las iniciativas populares de norma, conseguir las 15 mil firmas de apoyo no significa que esta norma ya está aprobada para incorporarse en la Constitución, pero sí obliga a los constituyentes a discutir los temas propuestos y que son relevantes para la comunidad.
Una vez que la norma sea discutida en la comisión en la que fue ingresada (hay un total de siete comisiones temáticas), necesitará de una mayoría simple para ser aprobada (50%+1) . De esta manera, puede pasar al pleno, donde a su vez necesitará el voto de dos tercios de los miembros en ejercicio para quedar incluida en la nueva constitución.

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